Por Ordenanza del 21 de mayo de 1907, nunca derogada expresamente, se prohibió en la ciudad de Buenos Aires, remontar barriletes. La norma establece:
Art.1.- Queda prohibido el juego del barrilete en todo el municipio de la Capital.
Art. 2.- Los infractores seràn penados de acuerdo con el Registro de Penalidades.
Art. 3.- En caso de que no fuese posible comprobar quien es el autor de las infracciones, la sanciòn serà aplicada al dueño o inquilino principal de la casa donde ella sea observada.
Ordenanza 43.772 BM 18631 del 4 de octubre de 1989. Se autorizò remontarlos, únicamente, Parque Lezama, Parque Irlanda, Parque de la Victoria, Alameda Central de la avenida de los Italianos e Intendente Noel entre Teniente General Juan Domingo Perón y Viamonte, Parque General Paz y Parque San Benito.
sábado, 8 de agosto de 2009
CURIOSIDADES PORTEÑAS
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario